jueves, 4 de noviembre de 2010

Secesión: ¿Controversia de principios?


Desde la antigüedad, la forma de contar con soberanía e independencia propia era a través de la ostentación de un territorio donde poder ejercer autoridad. Es por eso que muchos grupos de personas ocupaban territorios bajo la consigna de res nullius cuyo significado era "cosa de nadie". 

En la actualidad es muy diferente. La res nellius se ha reducido, está bajo la jurisdicción de un Estado o lo que queda de ella es inhabitable. En tal sentido y bajo la base de territorios ya establecidos, existen comunidades que se encuentran bajo la jurisdicción o gobierno de una estructura central. 

A menudo la estructura central debería tener un alcance jurisdiccional muy amplio, pero su ineficacia provoca que personas pertenecientes a una comunidad determinada se sientan desprotegidas u olvidadas. Como un claro ejemplo tenemos a las regiones pertenecientes a la serranía del Perú. 

Otro caso es la de una comunidad que por una larga trayectoria y un estudio consciente, considera que sola podría conformar un nuevo Estado capaz de poder afrontar, de manera independiente, las exigencia internacionales. Para tales efectos, necesitaría separarse de la estructura central. Este es el caso de Arequipa en Perú y el de Cataluña en España, los cuales alcanzan un ingreso per cápita muy alto en comparación de sus vecinos similares. 

Ante estas y otras causas, las comunidades intentan separarse fragmentando el Estado ya existente. Desafortunadamente, no todos los pueblos o instituciones que propugnan una separación o secesión de un Estado son apoyados por la Comunidad Internacional. Como por ejemplo el caso de los pueblos Kurdos. 

Para poder plantear alternativas de solución a esta problemática, es necesario acudir a dos principios: libre determinación de los pueblos, unidad nacional e integración territorial. 
El principio de libre determinación de los pueblos indica que toda comunidad tiene derecho a decidir sus propias formas de gobierno,perseguir su desarrollo económico, social y cultural y estructurarse libremente, sin injerencias. Este principio está recogido, entre otros documentos, en la Carta de las Naciones Unidas. A forma de contrapeso, se hace mención al principio de unidad nacional e integridad territorial que no es más que la conservación del territorio de un Estado protegiendo una estructura establecida.

Cabe aclarar que ninguna norma de Derecho Internacional Público avala o respalda el secesionismo como medida de solución. Entonces, ¿en qué casos se aplica cuál o tal principio? La propia Corte Internacional de Justicia, en una de sus sentencias afirma que siempre se buscará un balance con el ánimo de no menoscabar el derecho de todo pueblo a su libre determinación, aunque siempre tratar de buscar una solución para el no fraccionamiento de un Estado ya constituido. 

Muchas veces se concluye que estos principios tratan de apoyar tendencias secesionistas (libe determinación) por grupos terroristas, o tratan de avalar el gobierno dictatorial (Unidad nacional e integración territorial. 

Pero, el Tribunal Internacional de Justicia de la Haya emitió una sentencia, en el 2008, sobre la aprobación de la secesión de la provincia de Kosovar de la República Serbia, único Estado legítimo. La desatinada decisión confirmó aun más la ya desgastada reputación de esta estancia supranacional, la cual falló a favor de intereses económicos, políticos y militares compartidos entre Francia, Turquía, Alemania, Gran Bretaña y principalmente Estados Unidos. 

Entonces, volvemos al estado incipiente de la duda, ¿qué es lo que determina la fragmentación de un territorio y la separación de un pueblo de su estructura central? Al parecer las circunstancias especiales que rodean esta situación no son suficientes.

Irving Daniel Chávez Guevara

Miembro Asociado 

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